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Una cuestión compleja para el futuro del Mercosur. Alternativas para encararla

De FUNDACION ICBC | Biblioteca Virtual

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Félix Peña, Newsletter de Comercio Internacional, Agosto de 2022

Resumen:

En los últimos tiempos los problemas que se encaran en el Mercosur se han acrecentado. Por momentos son cuestiones que generan interrogantes sobre la vocación de los países miembros de continuar desarrollando el espacio económico conjunto, o sobre la credibilidad de las reglas de juego pactadas.

Una cuestión que se enfrenta es la que ha puesto en duda, con situaciones bien concretas, si los acuerdos comerciales preferenciales que se negocian con países no miembros de la ALADI, pueden tener un alcance bilateral sólo con un país miembro del Mercosur. O si, por el contrario, siempre deben concretarse con la participación de todos los países miembros.

Lo que estaría en juego entonces, en este caso, son reglas fundamentales del Mercosur, al menos tal como este proceso se imaginó al momento de negociarse el Tratado de Asunción. No se trataría solo de una eventual contradicción con una norma del Consejo del Mercado Común, tal el caso de la Decisión 32/00.

La buena noticia sería que ninguno de los protagonistas de un eventual acuerdo comercial bilateral entre un país miembro del Mercosur y un tercer país, parecería tener interés en provocar efectos negativos para el proceso de integración. Siendo ello así, habría por lo menos tres formas de evitar una crisis profunda que afecte el futuro del Mercosur.

Una sería modificar el Tratado en las normas que se contradigan con el escenario resultante de eventuales acuerdos bilaterales comerciales preferenciales entre un país miembro del Mercosur y un tercer país.

La otra sería que el eventual acuerdo bilateral de un país miembro con un tercer país no incluya compromisos que se contradigan con las normas del Tratado.

Y la tercera sería insertar, lo que eventualmente se estaría negociando en el marco de un acuerdo bilateral entre un país miembro y un tercer país, en un acuerdo en el que participen todos los países miembros del Mercosur y el tercer país, y que tal acuerdo contenga compromisos y tratamientos arancelarios diferenciales para los países miembros participantes, especialmente a favor de los de menor dimensión económica o menor desarrollo económico relativo.


En los últimos tiempos los problemas que se encaran en el desarrollo del Mercosur se han acrecentado. En algunos casos generan interrogantes sobre la real disposición de los países miembros de continuar desarrollando el espacio económico conjunto, o sobre la credibilidad de las reglas de juego pactadas. En todo caso son cuestiones que pueden incidir en la confianza que generan las regla del Mercosur, especialmente en terceros países y sobre todo, en quienes se supone que deben adoptar decisiones de inversión en función del mercado que se habría creado.

La posibilidad que un país miembro del Mercosur pudiera negociar un acuerdo comercial preferencial con otro país que no sea miembro ni del Mercosur ni de la ALADI, es una cuestión que ha colocado al proceso de integración en lo que podría ser una crisis existencial. No es este el único contratiempo que se observa en el funcionamiento del Mercosur, pero sí uno que puede considerarse como potencialmente muy relevante.

Es una cuestión que ha puesto en duda si los acuerdos comerciales preferenciales que se negocien con terceros países (que no sean miembros de la ALADI), pudieran tener sólo un alcance bilateral con un país miembro del Mercosur. O si, por el contrario, siempre deben concretarse con la participación de todos los países miembros del Mercosur.

En los últimos tiempos se ha mencionado la iniciativa de un posible acuerdo comercial preferencial del Uruguay con China. El hecho que tal caso eventualmente pudiera repetirse en acuerdos con otros países –se suele mencionar, por ejemplo, con los Estados Unidos-, ha instalado en el Mercosur una disidencia que puede tener consecuencias en la idea de continuar el desarrollo de un proyecto conjunto entre sus países miembros.

De concretarse, sería una iniciativa que podría dejar de lado reglas fundamentales del Tratado de Asunción. Cabe recordar que tales reglas fueron una resultante del contexto en el cual se negoció dicho tratado fundacional, marcado por el hecho que simultáneamente se había instalado por el gobierno de los Estados Unidos, lo que luego se conocería como la “Iniciativa para las Américas”, que eventualmente podría ser la resultante de una red hemisférica de acuerdos bilaterales de libre comercio. Al menos en la perspectiva de la Argentina y de Brasil, por razones obvias no era esa una cuestión menor. Incluso tuvo incidencia en la decisión de Chile de no seguir vinculado al proceso que culminó con la creación del Mercosur. De hecho el acuerdo entre Chile y los EEUU se concluyó poco tiempo después de que México firmara su acuerdo de libre comercio con los EEUU.

La simple lectura del Tratado de Asunción en el párrafo de su artículo 1°, referido al arancel externo común y a la adopción de una política comercial común con relación a terceros Estados, como asimismo la del artículo 2° sobre que el Mercado Común estará fundado en la reciprocidad de derechos y obligaciones entre los Estados Partes, y la del artículo 5° que destaca al arancel externo común como uno de los principales instrumentos de la constitución del Mercado Común, son ejemplos de normas fundamentales del pacto constitutivo del Mercosur, a tenerse en cuenta en el desarrollo de las estrategias de negociaciones con terceros países.

Se suele mencionar la Decisión 32/00 del Consejo del Mercado Común, como la que establecería la restricción a las negociaciones comerciales de los países miembros con terceros países. Sin embargo ello no es así. La simple lectura del artículo 1° de la citada Decisión 32/00, acredita el hecho que ella se limitó a recordar lo que el Tratado ya había establecido: “reafirmar el compromiso de los Estados Partes del Mercosur de negociar en forma conjunta acuerdos de naturaleza comercial con terceros países o agrupaciones de países extrazona en los cuales se otorguen preferencias arancelarias”. La señal entonces es clara: la restricción surge del propio Tratado y no de una Decisión del Consejo.

Se observan hoy, al iniciarse un nuevo período presidencial del Mercosur, la existencia de perspectivas y opiniones diferentes entre los países miembros, con respecto a la cuestión de los eventuales acuerdos bilaterales preferenciales de comercio internacional.

Ellas indicarían la posibilidad que si eventualmente se concretara un acuerdo bilateral entre un país miembro del Mercosur y un tercer país, especialmente si fuera con uno relevante en el sistema comercial global y que no fuera país miembro de la ALADI, ello podría abrir una crisis, incluso profunda, que eventualmente derivaría en una fragmentación formal del Mercosur o lo conduciría a una situación de irrelevancia definitiva.

La buena noticia es que ninguno de los protagonistas de un eventual acuerdo comercial preferencial bilateral entre un país miembro del Mercosur y un tercer país, parecería tener interés en provocar tales efectos.

Siendo ello así, habría por lo menos tres formas de evitar una crisis profunda que afecte el futuro del Mercosur:

- una sería modificar el Tratado en las normas que se contradigan con el escenario resultante de eventuales acuerdos bilaterales comerciales preferenciales entre un país miembro del Mercosur y un tercer país;

- la otra sería que el acuerdo que un país miembro del Mercosur negocie con otro país, no incluya compromisos bilaterales que se contradigan con las normas mencionadas más arriba (artículos 1°, 2° y 5° del Tratado);

- y la tercera sería insertar lo que eventualmente se estaría negociando en el marco de un acuerdo entre un país miembro y un tercer país, en un acuerdo en el que participen todos los países miembros del Mercosur y el tercer país, y que contenga compromisos y tratamientos arancelarios diferenciales, especialmente a favor de los países de menor dimensión económica o menor desarrollo económico relativo.



Lecturas recomendadas:

- Ajmone Marsan, Giulia, “Addressing the digital divide in ASEAN”, East Asian Forum, 30 jun 2022, en www.eastasiaforum.org.

- Faloyin, Dipo, “Africa is Not a Country. Breaking Stereotypes of Modern Africa”, Vintage, Penguin Random House, London 2022.

- Galpaya, Helani; Bandaranayake, Ramathi, “Tackling the information disorder in Asia”, East Asian Forum, 2 Jul 2022, en www.eastasiaforum.org.

- Hays, Seth, “Building trust in Asia´s digital trade revolution”, East Asia Forum, 22 July 2022, en www.eastasiaforum.org.

- Jeong, Yoonee, “Bridging the digital divide”, East Asian Forum, 7 Jul 2022, en www.eastasiaforum.org.

- Kissinger, Henry, “Leadership. Six Studies in World Strategy”, Penguin Press, New York 2022.

- Madimba, Astrid; Ukata, Chinny, “It´s a Continent. Unravelling Africa´s History one Country at a Time”, Coronet, London 2021.

- Malamud, Andrés, “El Mercosur no es el problema. La Unión Europea frena el acuerdo con el pretexto del ambientalismo, pero el verdadero motivo es proteccionismo”, diario Clarín, sección opinión, 25 de julio 2022.

- Maxwell, John C., “Mentoring 101.What Every Leader Needs to Know”, Thomas Nelson, Nahsville 2008.

- Menon, Jayant, “Supply chains are more resilient than they appear”, East Asian Forum, 3 Jul 2022, en www.eastasiaforum.org.

- Ming, Cheung; Mahnken, Thomas G. (editors), “The Gathering Pacific Storm. Emerging US-China Strategic Competition in Defense Technological and Industrial Development”, Cambria Press, Amherst – New York, 2018.

- Ming Cheung Tai, “Innovate to Dominate. The Rise of the Chinese Techno-Security State”, Cornell University Press, Ithaca and London 2022.

- Montamat, Daniel Gustavo, “El replanteo del orden mundial, oportunidad para reconciliarnos con el futuro”, Opinión del diario La Nación, jueves 21 de julio 2022.

- Mueller, Milton, “Asia and digital neo-mercantilism”, East Asian Forum, 5 Jul 2022, en www.eastasiaforum.org.

- Peña, Félix, “La posible fragmentación del Mercosur y algunas alternativas viables para evitarlas”, Suplemento Comercio Exterior de La Nación, Julio 21, 2022.

- Sanguinetti, Julio María, “Del sueño de la integración a la realidad del Mercosur”, sección Opinión del diario La Nación, sábado 30 de julio 2022.

- Táíwó, Olúfémi, “”Against Decolonisation. Taking African Agency Seriously”, Hurst & Company, London 2022.

- Xiang, Nina, “Metaverse –the latest chapter of the Splinternet?”, East Asian Forum, 6 July 2022, en www.eastasiaforum.org.

- Wong, Pindar, “Integrating online and offlines settlement under regional trade agreements”, East Asian Forum, 8 July 2022, en www.eastasiaforum.org.

- Zoe Liu, Zongyuan, “The second-coming of the BRICS”, East Asian Forum, 4 Jul 2022, en www.eastasiaforum.org.

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